Curso de consejero de seguridad de transporte de mercancías peligrosas por carretera - 2021 - TraficoADR
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Curso Consejero ADR 2021




DESCRIPCIÓN:
Prepara para las pruebas oficiales de capacitación que se convocan anualmente por la Consejerías de Transportes de la Comunidades Autónomas.
Capacita para el ejercicio de la actividad profesional de consejero de seguridad en los 52 Estados firmantes del Acuerdo ADR 2021. 44 del RID 2021



PRECIO Y CALENDARIO: 


PRESENCIAL EN ALCOBENDAS (grupos hasta 3 alumnos con distancias, medidas higiénicas, ventilación, limpieza):
- ALCOBENDAS PRESENCIAL FIN DE SEMANA (SÁBADOS POR LA MAÑANA DE 9:00 A 14:00 4, 11, 18, 25 SEPTIEMBRE Y 2, 9, 16, 23 DE OCTUBRE).

OBTENCIÓN 1.000,00€ TOTAL 40+10 horas

RENOVACIÓN 754,72 € TOTAL 40 horas

por alumno (IVA incluido), en C/ Cuestablanca 201, Alcobendas (Madrid)

CURSO ON LINE 754,72 € por alumno (IVA incluido). Aproximadamente 100 horas de dedicación. Se envía el material del curso al alumno y durante el estudio, se da apoyo con tutorías y contacto a través de internet y al teléfono 605810275

Información adicional: info@traficoadr.com



Material suministrado - mochila con el material siguiente:
Libro: "Curso de consejero de seguridad de mercancías peligrosas por carretera".
Colección de test similares a los oficiales de años anteriores.
Acuerdo europeo ADR 2021.


Alumno objetivo:
Dirigido a profesionales del sector del transporte de mercancías que necesiten obtener la capacitación profesional para desarrollar el ejercicio profesional de Consejero de Seguridad de transporte de mercancías peligrosas por carretera, y a empresas que cargan, descargan o manipulan mercancías peligrosas.


Metodología docente:
Presencial: partiendo del estudio del manual de consejero y de la normativa ADR 2019 el alumno realizará test reales adaptados basados en situaciones reales.


Títulos:
El título de aprovechamiento del curso será emitido por TraficoADR.
El título profesional válido para el ejercicio profesional será expedido por la Comunidad Autónoma del aspirante, superado el examen oficial.


Convocatoria del examen oficial:
Convocatorias por Comunidades: Convocatorias


Las normas que regulan la titulación de consejero son:
- ADR 2021 - apartado 1.8.3:
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/13/pdfs/BOE-A-2021-5779.pdf#page=65
- R.D. 1566/1999 – programa oficial en el anexo:
http://www.boe.es/boe/dias/1999/10/20/pdfs/A36830-36833.pdf
- Orden FOM/605/2004 - renovación del título:
http://www.boe.es/boe/dias/2004/03/09/pdfs/A10583-10584.pdf


Últimas convocatorias de examen:
http://traficoadr.blogspot.com.es/


FUNCIONES DEL CONSEJERO DE SEGURIDAD:

1. El consejero asumirá, en particular, las siguientes obligaciones:

a) Examinar el cumplimiento por la empresa de las reglas aplicables al transporte de mercancías peligrosas.
b) Asesorar a la empresa en las operaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas.
Redactar un informe anual destinado a la dirección de la empresa, sobre las actividades de la misma relativas al transporte de mercancías peligrosas. Por Orden del Ministro de Fomento se determina el contenido mínimo de estos informes.


2. El consejero deberá encargarse, igualmente, de la comprobación de los procedimientos y prácticas siguientes en relación con las actividades implicadas:

a) Los procedimientos encaminados a la observancia de las reglas sobre identificación de las mercancías peligrosas transportadas
b) La valoración de las necesidades específicas relativas a las mercancías peligrosas. en la adquisición de medios de transporte.
c) Los procedimientos que permitan comprobar el material utilizado para el transporte de mercancías peligrosas o para las operaciones de carga o descarga.
d) Que el personal implicado de la empresa haya recibido una formación adecuada y que dicha formación figure en su expediente.
e) La aplicación de procedimientos de urgencia adecuados en caso de accidentes o incidentes que pueden afectar a la seguridad durante el transporte de mercancías peligrosas o durante las operaciones de carga o descarga.
f) La realización de análisis y, en caso necesario, la elaboración de partes sobre los accidentes, incidentes o infracciones graves que se hubiesen comprobado en el curso del transporte de mercancías peligrosas, o durante las operaciones de carga o descarga.
g) La aplicación de medios adecuados para evitar la repetición de accidentes, incidentes o infracciones graves.
h) La observancia de las disposiciones legales y la consideración de las necesidades específicas relativas al transporte. de mercancías peligrosas en lo referente a la elección y utilización de subcontratistas o terceros intervinientes.
i) La comprobación de que el personal encargado del transporte de mercancías peligrosas o de las operaciones de carga y descarga de dichas mercancías dispone de procedimientos de ejecución y de consignas detalladas
j) La realización de acciones de sensibilización acerca de los riesgos ligados al transporte de mercancías peligrosas o a las operaciones de carga o descarga de dichas mercancías.
k) La aplicación de procedimientos de comprobación con objeto de garantizar la presencia, a bordo de los medios de transporte, de los documentos y de los equipos de seguridad que deban acompañar a los transportes, y la conformidad de dichos documentos y equipos con la normativa.
l) La aplicación de procedimientos de comprobación con objeto de garantizar la observancia de las reglas relativas a las operaciones de carga y descarga.
El consejero de seguridad colaborará, cuando sea requerido, con las autoridades de las Administraciones públicas competentes en aquellas materias objeto de su función, especialmente en lo relacionado con los accidentes, partes de accidentes e informes de actividad.



PROGRAMA DEL CURSO DE CONSEJERO DE SEGURIDAD (ADR.- MARZO de 2020)

  1. Historia del acuerdo ADR
  2. Norma internacional
  3. Norma nacional
  4. Autoridades competentes
  5. Estructura de los acuerdos
  6. Códigos de clasificación
  7. Grados de peligro y clases de riesgos
  8. Consejeros de seguridad
  9. Responsabilidades
  10. Capacitación profesional de los consejeros
  11. Obligaciones de las empresas
  12. Tablas B y A – relación de mercancías
  13. Criterios de clasificación
  14. Mercancías no admitidas al transporte según el acuerdo ADR
  15. Clase 1 materias y objetos explosivos
  16. Clase 2 gases
  17. Clase 4.1 materias sólidas inflamables, materias autorreactivas, materias que polimerizan y materias sólidas explosivas desensibilizadas
  18. Clase 4.2 materias que pueden experimentar inflamación espontánea
  19. Clase 4.3 materias que, en contacto con el agua, desprenden gases inflamables
  20. Clase 5.1 materias comburentes
  21. Clase 5.2 peróxidos orgánicos
  22. Clase 6.1 materias tóxicas
  23. Clase 6.2 materias infecciosas
  24. Clase 7 materias radiactivas
  25. Clase 8 – materias corrosivas
  26. Clase 9 materias peligrosas diversas
  27. Mercancías no sometidas al acuerdo ADR
  28. Exenciones por disposiciones especiales, cantidades limitadas y exceptuadas
  29. Exenciones totales a la aplicación del ADR
  30. Exenciones parciales relacionadas con las cantidades por unidad de transporte
  31. Marcado y etiquetado de bultos
  32. Señalización de unidades de transporte
  33. Construcción y uso de embalajes
  34. Construcción y uso de GRG y grandes embalajes
  35. Construcción y uso de recipientes de gas
  36. Construcción y uso de envases de infecciosos
  37. Uso de bultos de radiactivos
  38. Contenedores y transporte a granel
  39. Construcción de cisternas ADR
  40. Inspección y marcado de las cisternas
  41. Especialidades de las cisternas
  42. Utilización de cisternas ADR
  43. Construcción y uso de cisterna portátil
  44. Construcción y aprobación de los vehículos
  45. Equipo diverso y extintores
  46. Comprobaciones antes, durante y después de la carga y descarga
  47. Limpieza antes de la carga y después de la carga
  48. Documentación del transporte
  49. Actuación en caso de avería o accidente
  50. Protección
  51. Disposiciones suplementarias y obligaciones de vigilancia: estacionamiento
  52. Tripulación: formación profesional
  53. Reglas y restricciones de circulación o de navegación
  54. Transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español
  55. Informe anual del consejero de seguridad
  56. Procedimientos de mercancías peligrosas
  57. Normas nacionales referidas al transporte de explosivos
  58. Baremo de sanciones de la LOTT


   

   

   

   
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